Marzo 27 del 2014
Los integrantes de los 400 Pueblos liderados por el exprocurador Reynaldo Escobar Pérez se apropiaron de una casa que el ex alcalde xalapeño despojó a su ex pareja sentimental por 8 años Concepción Ramírez Muro.
Los 400 encuerados que maneja César del Ángel llegaron ayer a Xalapa acompañando a Escobar Pérez para sacar a la fuerza a los empleados y dueños de la boutique que funcionaba en el domicilio de J.J. Herrera, para crear la supuesta casa de gestoría para los campesinos, en pleno centro y corredor turístico Carlos Fuentes de la capital del estado.
Ya que ocurrió el despojo y después del show mediático dado por el secretario de gobierno, Erick Lagos acompañando a Escobar Pérez y César del Ángel en la Plaza Lerdo, se hace pública una denuncia que la expareja de Reynaldo Escobar había enviado a la Comisión Estatal de Derechos Humanos desde hace tiempo, cuando aún era procurador de Justicia Amadeo Flores Espinosa.
La exdirectora del DIF Municipal de Xalapa cuando Escobar Pérez fue alcalde, detalla los supuestos abusos de poder de que ha sido víctima por parte de quien fuera también Secretario de Gobierno con el exgobernador Fidel Herrera Beltrán.
Aquí reproducimos textualmente el escrito enviado por Concepción Ramírez a la CEDH el 10 de febrero, para que saquen sus conclusiones:
Luis Fernando Perera Escamilla. Presidente de la Comisión Estatal de Derechos Humanos Veracruz P r e s e n t e.
Yo, Concepción Ramírez Muro, ciudadana mexicana por nacimiento y con domicilio en la calle de Manuel M. Ponce 5, colonia Indeco Ánimas, en la ciudad de Xalapa, Veracruz, me identifico con la credencial de elector número 2006064431609 expedida por el IFE y manifiesto que:
Con fundamento en lo que establece los artículos 1o; 2º párrafo segundo; 3º; 4º fracciones I, VI, XI y XIII; 5; 7; 8 y 25 de la Ley número 483 De la Comisión Estatal de Derechos Humanos para el estado de Veracruz, acudo a la Comisión Estatal de los Derechos Humanos para exponer que he sido víctima de omisiones administrativas por parte de notarios públicos, funcionarios municipales del Ayuntamiento de Xalapa, de la Secretaría de Gobierno del estado de Veracruz, específicamente del Registro Público de la Propiedad de esta ciudad de Xalapa y de la Procuraduría de Justicia del Estado, dentro de los procesos judiciales que interpuse por violencia de género, psicológica y patrimonial en contra del ciudadano Reynaldo Gaudencio Escobar Pérez, por cuyos actos me he visto impelida a entablar denuncias de orden penal y litigios civiles, en cuyo proceso judicial temo ser víctima de tráfico de influencias y abuso de poder, toda vez que no obtengo respuesta alguna por parte de los agentes del ministerio público y el personal de la Procuraduría de Justicia del Estado que está a cargo de mis casos.
Para ser más concreta, de acuerdo a como se han desenvuelto los hechos que a continuación relataré, encuentro indicios claros de que las relaciones políticas de Reynaldo Gaudencio Escobar Pérez le han servido y están siendo utilizadas para despojarme de un bien inmueble y derechos que me pertenecen.
Antecedentes:
Reynaldo Gaudencio Escobar Pérez y yo sostuvimos una relación de amasiato por más de ocho años, la cual fue todo el tiempo de conocimiento público en amplios círculos sociales, pues fuimos pareja todo el tiempo que fue Presidente Municipal de Xalapa y parte de su encargo como Secretario General de Gobierno, durante el sexenio de Fidel Herrera Beltrán.
Fue durante ese lapso, en el año de 2008, que le di un poder amplio, ante el Notario Público 14 de Xalapa Isidro Cornelio Pérez, con el único propósito de que estuviera en posibilidades de cerrar la venta de una casa que yo había construido y estaba ofertando, en el supuesto de que saliera un cliente mientras yo me iba de viaje por una temporada. Sin embargo, yo regresé antes de que eso sucediera y no hubo necesidad de ocuparlo.
Por divergencias en cuanto a proyectos de vida y desgaste natural de la relación, la terminamos en mayo de 2009. Por esa razón, en septiembre de ese mismo año él me envió con mi hermano el testimonio del poder notarial que yo le había otorgado y unas alhajas mías que resguardaba en la caja fuerte de su despacho, como un símbolo más de la separación.
Durante los años siguientes, no tuvimos contacto, pero con cierta periodicidad me mandaba mensajes, a través de conocidos comunes, para pedirme que le vendiera una casa de mi propiedad, ubicada en la calle J.J. Herrera # 12, en la colonia Centro de esta ciudad capital. En varias ocasiones lo intentó y mi respuesta fue negativa, como lo pueden o pudieran atestiguar los mensajeros, si no tuvieran temor de hacerlo en este estado de las cosas.
Su interés por ese inmueble no cedió nunca, y hasta en los momentos menos oportunos se atrevió a mandarme a decir que quería que se la vendiera. En el mes de octubre de 2012, yo, mi hijo y mi exmarido fuimos víctimas de un secuestro, del cual afortunadamente fuimos liberados tras pagar un rescate que nos demandó endeudarnos bancariamente, entre otras pérdidas materiales y afecciones de salud física y mental. Fue justo unas semanas después de mi liberación, en el mes de noviembre de ese año, cuando me mandó a decir con el licenciado Celestino Acosta González (amigo en común), que le vendiera la casa de J.J. Herrera, probablemente pensando que yo accedería ante la difícil situación económica en que me encontraba después del secuestro. Sin embargo, también en esa ocasión fui muy clara al decirle al intermediario que le informara a Reynaldo Gaudencio Escobar Pérez que no era mi voluntad venderle esa casa.
Hacia el mes de febrero de 2013, intenté pagar el impuesto predial de mi propiedad a través de la página del Ayuntamiento reiteradas veces, pero el sistema no me lo permitía, así que decidí acudir físicamente a los módulos de cobro del Palacio Municipal: ahí me informaron que el impuesto estaba pagado y que la propiedad había cambiado de dueño.
Indagué entonces en Catastro Municipal y el Registro Público de la Propiedad, y descubrí que Reynaldo Gaudencio Escobar Pérez se había VENDIDO A SÍ MISMO mi bien inmueble, utilizando un segundo testimonio del poder que años antes yo le había otorgado para otro fin, y cuyo primer testimonio estaba en mi poder (como relaté hace unos párrafos).
Indagué entonces en Catastro Municipal y el Registro Público de la Propiedad, y descubrí que Reynaldo Gaudencio Escobar Pérez se había VENDIDO A SÍ MISMO mi bien inmueble, utilizando un segundo testimonio del poder que años antes yo le había otorgado para otro fin, y cuyo primer testimonio estaba en mi poder (como relaté hace unos párrafos).
De esta forma, me vi en la necesidad de revocar ese poder inmediatamente, ante la amenaza de que pudiese despojarme de otras propiedades con él. En este punto, creo importante resaltar que Reynaldo Gaudencio Escobar Pérez acudió a sacar un segundo testimonio del poder con el notario Isidro Cornelio Pérez, quien es conocido mío y de mi familia desde hace más de diez años, y quién tenía todos los medios para contactarme y la obligación de preguntarme si era mi voluntad renovarle u otorgarle un segundo testimonio de ese poder a Reynaldo Gaudencio Escobar Pérez, cuanto más porque también era del dominio público que él y yo habíamos roto relaciones desde el año 2009. Tengo la seguridad de que este fue el abuso primero, el que surgió del contubernio y la discreción amañada que hubo entre Reynaldo Gaudencio Escobar Pérez e Isidro Cornelio Pérez para generar un segundo testimonio del poder.
Los hechos que relato a continuación y las acciones legales que hube de emprender son consecuencia de esos actos fraudulentos en mi contra y de amenazas directas que recibí de parte de Reynaldo Gaudencio Escobar Pérez.
Hechos:
1.- Como propietaria legítima, a solicitud de la Dirección de Obras Públicas, suscribí un acuerdo a las 11:47 horas del día 24 de enero de 2013 con el H. Ayuntamiento y la empresa Constructora responsable para la autorización de los trabajos que se realizarían en la fachada de mi vivienda ubicada en la calle J.J. Herrera, como parte del proyecto “2da. Etapa Mejoramiento de la Imagen Urbana del centro Histórico de Xalapa” autorizados por el INAH.
2.- Reynaldo Gaudencio Escobar Pérez solicitó el 28 de enero de 2013 al Notario Público 14 de esta Demarcación Notarial, Lic. Isidro Cornelio Pérez, sin mi autorización ni conocimiento, un segundo testimonio de un poder que le otorgué en 2008. Me pregunto: ¿es legal que un Notario Público expida un segundo testimonio, sin que el otorgante (a quien conoce de manera cercana) lo solicite, después de cinco años?.
3.- El 29 de enero de 2013 (un día después de que obtuvo el segundo testimonio de ese poder), Reynaldo Gaudencio Escobar Pérez se VENDIÓ A SÍ MISMO el inmueble de mi propiedad ante la fe del Notario Público 16, licenciado Rafael de la Huerta Manjarrez, quien asentó mentiras y falsedades en la escritura sin verificarlo o constatarlo conmigo, pues consignó en el instrumento público que Reynaldo Gaudencio Escobar Pérez me había pagado con anterioridad (y que yo había recibido dinero) por esa compraventa sin que hubiera prueba alguna de ello, por lo tanto no podía constarle ni dar fe de ese pago, el cual, por supuesto, nunca se realizó, pues no existen pruebas documentales o testimoniales de ello. Este caso evidencia corrupción y contubernio entre Reynaldo Gaudencio Escobar Pérez y este Notario Público, quien como en el caso de Isidro Cornelio Pérez, era conocido de mis familiares y colega de mi hijo y mi exmarido, que también son notarios públicos en Pánuco, Veracruz, y cuyo parentesco conmigo él tiene muy claro desde hace muchos años.
4.- El día 7 de febrero de 2013, al intentar pagar el impuesto predial del inmueble, a través de la Tesorería Virtual del Ayuntamiento de Xalapa sin éxito, acudí personalmente a las oficinas municipales de catastro y me informaron que dicho impuesto ya estaba pagado y que mi propiedad estaba a nombre de Reynaldo Gaudencio Escobar Pérez.
5.- Temerosa de que pudiera haber realizado otras operaciones en mi representación, el día 8 de febrero de 2013 acudí a revocar el poder otorgado.
6.- Notificado de la revocación, el día 11 de febrero, a las 23.58 horas, Reynaldo Gaudencio Escobar Pérez me llamó por teléfono para amenazarme, diciéndome entre otras cosas (consignadas en la Investigación Ministerial 1/2013 ante la Subprocuraduría Regional de Justicia del Estado de Veracruz por el delito de amenazas), que si pleito quería, pleito iba a tener. También me advirtió que si me defendía, iría “con todo” en mi contra y en la de mi hermano Miguel Ramírez Muro, quien fue su colaborador en la Secretaría de Gobierno y la Procuraduría General de Justicia del Estado. Mi hermano fue la persona con la que me envió en el mes de septiembre de 2009 el primer testimonio del poder que le di, y con quien me mandó a decir que no tenía por qué tenerlo, dado que nuestra relación sentimental había concluido (en mayo de 2009).
7.- El 1 de marzo de 2013 ratifiqué mi denuncia penal ( 1/2013), y ese mismo día fui enviada mediante el oficio No. 855/2013, dirigido al C. Director General de Servicios Periciales de la Procuraduría General de Justicia del Estado para que, previo examen valorativo, un perito psicológico emitiera su diagnóstico respecto de mi persona (al cual asistí), pero hasta la fecha no se me ha informado el resultado y, si dicho dictamen, ha sido integrado a la averiguación en cuestión. Este diagnóstico es importante porque evidencia el grado de intimidad emocional y humana que establecí con Reynaldo Escobar Pérez, quien entre otras mentiras que ha asentado en documentos de los litigios civiles que hemos entablado, ha afirmado que nunca tuvimos una relación de pareja, con el fin de desestimar la traición a la confianza que significó haberle otorgado un poder amplio de representación para la administración y dominio de mis bienes.
8.- Como antes de que Reynaldo Gaudencio Escobar Pérez se vendiera a sí mismo mi propiedad, yo había suscrito un contrato de arrendamiento por 9 años con la empresa Eon Dive Group (en septiembre de 2012), el 6 de marzo de 2013 esta empresa inició el Juicio Ordinario Civil 362/2013 ante el Juzgado Cuarto de Primera Instancia reclamando el cumplimiento de la cláusula tercera, la cual consigna que en el caso de que fuese mi deseo vender, la persona moral, a través de su Gerente y/o representante legal, tendría un derecho preferente sobre cualquier posible comprador. Debo señalar que en ese entonces el director, representante legal y socio de esa empresa, era mi hijo Jorge Miguel Rodríguez Ramírez, quien logró que la empresa me contratara en largo arrendamiento con el afán de rehabilitar el inmueble, el cual no estaba en condiciones de uso, pero les serviría para un desarrollo comercial.
En el litigio, Eon Dive Group reclamaba principalmente:
a).- A la suscrita: la Nulidad Absoluta del contrato de Compra-Venta celebrado entre el C. Reynaldo Escobar Pérez, a FAVOR DE SI MISMO, como mi apoderado.
Al C. Reynaldo Gaudencio Escobar Pérez, la Nulidad Absoluta del contrato de Venta que celebró a favor DE SÍ MISMO.
c).- Al titular de la Notaría Pública No. 16 de esta ciudad capital, Lic. Rafael de la Huerta Manjarrez, la cancelación y tildación de la escritura pública número 13732, de fecha 29 de enero de 2013.
d).- Al Registro Público de la Propiedad y del Comercio de Xalapa, Veracruz: la cancelación de la inscripción número 1048, del folio 14949 al 14959 de la Sección Primera de fecha 01 de febrero de 2013, que contiene el registro de la escritura pública 13732.
9.- A través del Juicio Ordinario Civil 1065/2013, tramitado ante le Juzgado Sexto de Primera Instancia en Xalapa, Veracruz, iniciado el 26 de junio de 2013, le demandé a Reynaldo Gaudencio Escobar Pérez por Rendición de Cuentas del poder otorgado, porque debía aclararme por qué se vendió a sí mismo mi propiedad, sin mi consentimiento. En su contestación para justificar este despojo, negó los hechos relativos a nuestra relación sentimental sostenida durante más de ocho años y además presentó documentos apócrifos en los que falsificó mi firma y la de mi hermano, para avalar un supuesto adeudo de 5 millones de pesos. Es decir, argumentó que él se había apoderado de mi casa, porque yo le debía 5 millones de pesos que me había dado en efectivo y por los cuáles yo le había firmado un pagaré (el documento falsificado), lo cual es una absoluta mentira, una fabulación. También mintió a la autoridad al decirle que ya me había rendido cuentas, pero como era falso, no tuvo manera de comprobarlo, y la sentencia resultó a mi favor. De las más de 25 preguntas con las que intentó confundir a la autoridad en el proceso de ese litigio, sólo le permitieron hacerme cinco, porque el resto de ellas no se relacionaban con la rendición de cuentas. Como la sentencia le ordenó rendirme cuentas, Reynaldo Gaudencio Escobar Pérez interpuso un recurso de apelación y está pendiente la radicación en la Sala del Tribunal Superior de Justicia, que le corresponde al Magistrado Dionisio F. Gutiérrez García.
10.- Recientemente acabo de descubrir que el 19 de julio de 2013, en la localidad de las Trancas, ante la fe del titular de la Notaría Pública Número 30 del Lic. Manuel Díaz Rivera, Reynaldo Gaudencio Escobar Pérez trasmitió mi propiedad, a través de una dación, a favor del C. Felipe de Jesús Rodríguez García por la cantidad de $2,500,000.00 (dos millones quinientos mil pesos).
Me pregunto si no es fraudulento y amañado trasmitir en dación a los 23 días de habérsele requerido la Rendición de Cuentas una propiedad que está en litigio? y ¿qué persona recibe un inmueble que está en litigio y tiene una inscripción de ello en el Registro Público de la Propiedad desde el mes de marzo?, ¿se tratará de un adeudo real o fabricado?, ¿por qué no se especifica el objeto del adeudo en la escritura?, ¿por qué un notario se presta a celebrar este acto sin considerar estas cosas?
11.- Como la empresa a quien arrendé siempre ha tenido la posesión del inmueble, Reynaldo Gaudencio Escobar Pérez durante todo el año pasado amenazó a las personas que lo ocupaban (trabajadores y vigilantes), a través de guaruras que trabajan a su servicio, con el fin de que desalojaran a través del uso de violencia. Primero amenazó al personal de la empresa responsable de las obras de remodelación que realizaba el ayuntamiento de Xalapa en esa calle. Como ellos se retiraron de ahí con fundado temor, Eon Dive Group puso vigilantes permanentes a quienes también intentó sobornar para tomar posesión del inmueble. El caso más fuerte sucedió el 15 de septiembre de 2013, cuando estando yo en la casa referida hablando con el vigilante, llegaron tres hombres armados, en una camioneta sin placas, dispuestos a entrar a la fuerza a mi propiedad. Iban liderados por Víctor M. Argüelles Mendoza, chofer y guardia personal de Reynaldo Gaudencio Escobar Pérez, a quien yo conozco desde 1998, porque fue empleado del DIF municipal cuando yo fui Directora de esa dependencia y porque después se convirtió en ayudante de Reynaldo Gaudencio Escobar Pérez. En cuanto Víctor M. Argüelles Mendoza me reconoció y se dio cuenta de que pedía yo auxilio policial al 066, se retiraron de inmediato, pero antes también me manifestó la amenaza de que iban dispuestos a tomar el lugar por la fuerza, porque eran “órdenes del jefe”, o sea Reynaldo Gaudencio Escobar Pérez. Denuncié ese hecho penal inmediatamente, como consta en la carpeta de investigación 127/2013, pero hasta el día de hoy no he tenido respuesta de las autoridades competentes, lo cual me hace pensar que las relaciones que ha tejido Reynaldo Gaudencio Escobar Pérez desde sus puestos de poder impiden que las denuncias penales que yo he realizado se desahoguen y produzcan los efectos que dicta el derecho: los dos precedentes de amenazas y violencia están paralizados, y tengo miedo, porque a diferencia de Reynaldo Gaudencio Escobar Pérez, yo soy una mujer que vivo de mi trabajo y no cuento con relaciones políticas en el ámbito de la impartición de justicia: eso, por supuesto, es una posición de desventaja frente a él, con quien nunca hubiese querido tener nada más que ver, mucho menos en pleitos legales y en esferas de impartición de justicia, donde tiene muchas relaciones de las cuales puede hacer uso.
El hecho de que yo acuda a la Comisión, no responde únicamente a mi voluntad de interponer una queja contra los notarios públicos y las autoridades que bajo documentos falsos llevaron a cabo una serie de atropellos en mi contra y han detenido las averiguaciones en materia penal, sino a mi voluntad de dejar un testimonio de lo que significa enfrentarse a una complicada manifestación de violencia de género, ejercida por un hombre que forjó redes de poder en el ámbito local gracias a los puestos que ha ocupado en el gobierno municipal y estatal.
Independientemente del proceso largo y complicado que puedan seguir los litigios civiles iniciados por el bien inmueble, incluso de su solución favorable o desfavorable hacia mi persona, me interesa que quede clara una realidad a la que me estoy enfrentando como mujer.
Yo sé que en este país la verdad jurídica no se corresponde con la que de facto vivimos. Y por eso, si él logra ganar los juicios civiles, no lamentaré la pérdida de un bien material, pues después de haber enfrentado un secuestro familiar como el que padecí, me queda claro que hay cosas más valiosas a las cuales hay que aferrarse y por las que se debe luchar.
Pero sí quiero declarar que siento miedo, impotencia e indefensión ante la actuación violenta que ha tenido Reynaldo Gaudencio Escobar Pérez para conmigo. Porque lo conozco y fui su pareja, sé que tiene la capacidad y habilidad intelectual para atentar contra mí o mi familia de muchas formas, sin ser el ejecutor material de nada, diluyendo su presencia y moviendo los hilos del tinglado. Los artilugios jurídicos y las relaciones que ha movido para despojarme de mi casa son sólo una pequeña prueba.
Aunque mi desgaste económico y emocional ya ha sido mucho, no puedo hacer otra cosa más que permanecer en pie, clamando a las autoridades la atención que merezco como ciudadana, como mujer, declarando la verdad, por los cauces legales. Estoy convencida de que el miedo no debe paralizarnos y de que debemos de recurrir, por el medio que sea, a las autoridades competentes y a la sociedad, para contar y advertir cómo podemos ser lastimadas y qué nos está pasando.
Yo voy a continuar hasta el final, bajo el riesgo de que no sólo se me arrebate mi casa, sino hasta de ser condenada a pagarle a Reynaldo Gaudencio Escobar Pérez todo el dinero que exige por los costos del juicio, y cuando pienso en ello imagino a muchas otras mujeres mexicanas que, con circunstancias mucho más adversas que la mía, padecen y padecerán pérdidas mil veces mayores que su patrimonio: su salud mental o física, la vida propia o la de sus seres amados, porque el sistema y la cultura están dispuestos para victimizarlas y callarlas de muchas formas. En honor y respeto a ellas, hago el esfuerzo de continuar en este proceso personal y ejercer mi derecho a no ser violentada por nadie, de manera alguna.
Por todo lo anterior, atentamente le solicito dar trámite de ley a mi queja en contra de los Notarios Públicos, funcionarios municipales y estatales que han intervenido en los actos de violación a mis derechos humanos al llevar a cabo acciones y omisión en mi perjuicio.
Les agradezco infinitamente la atención que presten a esta queja y quedo en espera de su respuesta.
Les agradezco infinitamente la atención que presten a esta queja y quedo en espera de su respuesta.
Atentamente
C. Concepción Ramírez Muro
c.c.- al C. Lic. Javier Duarte de Ochoa.- Gobernador Constitucional del Estado de Veracruz.- Para su conocimiento. c.c.- al C. Lic. Felipe Amadeo Flores Espinoza.-Procurador General de Justicia del Estado de Veracruz.-Para su conocimiento. c.c.- al C. Mtro. Alberto Sosa Hernández.-Magistrado Presidente del Tribunal Superior de Justicia y del Consejo de la Judicatura.-Para su conocimiento. (Tomado de la pagína de Internet: De Interés Público).